Es dable cuestionar ¿Y sí la marca “Riviera Nayarit” pudiera pagar en consecuencia la promoción en las placas? Es decir, que el contribuyente no pagara ni un sólo cinco por el reemplacamiento. De lo contrario estaríamos en una condición de socios cooperadores: los contribuyentes pagamos y aparte promocionamos una asociación integrada por giros mercantiles cuyos dueños o apoderados de los mismos, por cierto, no son la mayoría de Bahía de Banderas. Es más: ninguno es de Nayarit. No pagamos placas... ¿o nos convertimos en socios de Riviera Nayarit?
OPINION.- En torno al asunto de las nuevas placas que utilizan el logo de la marca Riviera Nayarit en lugar del nombre del estado, al margen de movimientos políticos, preferencias partidistas o fobias a la actual administración estatal, debo destacar como ciudadano nayarita, antes que nada los siguientes puntos:
1.- El titular de la marca registrada Riviera Nayarit es laOficina de Visitantes y Convenciones de Vallarta, Nayarit A.C.
2.- La aplicación de la marca o aviso comercial es parapromoción de ventas para terceros.
3.- Dicho registro se hizo ante el Instituto Mexicano de laPropiedad Industrial.
4.- La asociación civil Oficina de Visitantes y Convenciones de Vallarta Nayarit, la integran ocho personas, siete de ellos son apoderados generales de empresas mercantiles de capital variable, dedicadas al servicio de hospedaje.
5.- Si bien es cierto que dicha asociación no tiene fines de lucro y tiene como objeto fomentar la actividad turística “en el municipio de Bahía de Banderas Nayarit”, también lo es, que sus integrantes sí tienen como objeto lucrar con giros mercantiles cuyo beneficio económico último son sus cuentas bancarias.
6.- Su Objeto es la promoción y publicidad de la región en el ámbito nacional e internacional de la región, “coordinando” esfuerzos con el sector público y privado entre otras cosas, organizando el desarrollo de convenciones en Bahía de Banderas.
7.- Existen tres tipos de socios según la escritura constitutiva:
a).- Los activos: que podrán ser personas físicas o morales propietarios, administradores u operadores de hoteles, tiempos compartidos, campos de golf y en general prestadores de servicios turísticos que manifiesten su interese en pertenecer a la Asociación.
b).- Socios Cooperadores (como puede ser el caso del gobierno del estado de Nayarit) y son los que deseen prestar ayuda económica o de otra índole a la “Asociación” en forma temporal o permanente sin participar en la vida jurídica de la asociación.
c).- Socios Honorarios, son los que se designarán por la Asamblea en reconocimiento a sus meritos.
Con lo anterior, salvo que exista una ley o partida presupuestal que autorice al estado a asociarse económica o promocionalmente con esta marca de productos; se deduce que es contrario en por lo menos los siguientes ordenamientos:
Constitución General de la República: El artículo 43 señala las partes integrantes de la Federación, misma que se leeNayarit, como parte de la misma y el artículo 47 señala su extensión territorial y límites.
Y por la evidente violación a la norma oficial mexicana que emite la Secretaria de Comunicaciones y Transportes: NOM-001-SCT-2-2000, ello en relación a las placas metálicas, donde dispone que el nombre que debe emplear la entidad federativa es Nayarit. Evidentemente se trata de una violación a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Lo anterior puede constituir una falta de probidad, imparcialidad y honradez, al favorecer con decisiones públicas a una “asociación civil” (de las cientos que hay en Nayarit) cuyos integrantes son apoderados de giros mercantiles que se asociaron y registraron una marca o aviso comercial con el objeto de ventas a terceros, o sea hospedaje y servicios turísticos.
Es dable destacar, que dicha asociación, no la constituyen la mayoría de los hoteleros de bahía; sólo son siete personas las detentadoras de la marca comercial: “Riviera Nayarit”, dedicados a ese giro comercial y un individuo más que se asoció por su propio derecho.
El contribuyente deberá observar en sus nuevas placas, que el tipo de letra donde se lee “Riviera Nayarit” y el logo correspondiente es fiel a la marca registrada por los empresarios. Se trata como dijimos de una marca registrada por una asociación civil, ¿Cuantas asociaciones civiles se encontraran registradas en el Estado de Nayarit?
PARA GENTE SERIA: Emito mi opinión con todo respeto, sin ánimo de confundir ni fastidiar, sólo deliberar como debiera ser todos los asuntos públicos de interés del ciudadano. Lo adecuado sería una respuesta comedida y respetuosa de las autoridades a esta inquietud, a lo mejor nosotros somos los equivocados y los taxistas también. Carpe Diem.
*El autor es abogado y ex Auditor General del Organo de Fiscalización Superior de Nayarit.